Nuestra asociación se centra en el maltrato familiar. Este maltrato es aquél en el que el acto de violencia se produce por parte de padres, tutores o familiares, colocando al menor en una situación de desprotección que hace necesaria la intervención de las Instituciones competentes para garantizar la protección de menores.
La legislación española (Ley Orgánica 1/1996, de 15 de Enero, de Protección Jurídica del Menor), distingue dos situaciones de desprotección: riesgo y desamparo.
Por tanto, la clasificación de situaciones de gravedad en casos de maltrato infantil en el ámbito familiar, tendrá dos categorías: maltrato leve o moderado, que incluye las situaciones de riesgo y maltrato grave, donde se ha de incluir las situaciones que impliquen desamparo.
- Maltrato leve o moderado
Existencia de indicadores físicos, psicológicos y/o sociales de maltrato que se pueden abordar educativamente en el entorno sociofamiliar del menor. El menor permanece en la familia y se realiza una intervención educativa desde los servicios sociales de atención primaria, sanitarios y/o educativos de carácter preventivo, con la finalidad de desarrollar la parentalidad positiva y fortalecer las habilidades de los progenitores incompatibles con la violencia.
- Maltrato grave
La situación es urgente. Existencia de indicadores físicos, psicológicos y/o sociales de maltrato o explotación que ponen en peligro la integridad y el bienestar del menor.
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